Próximo a finalizar el plazo del mandato para el que fueron elegidos los componentes de la Junta Directiva de este Colegio de Médicos, me complazco en participar que el Pleno de la Junta Directiva de esta Corporación, en sesión celebrada el día 3 de febrero pasado, ha acordado proceder a la convocatoria de elecciones para dichos cargos, según lo dispuesto por los Estatutos del Colegio.
RÉGIMEN ELECTORAL
1.- Condiciones para ser elegible.
- Para los cargos que integran la Comisión Permanente (Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vicesecretario y Tesorero): Estar colegiado con una antigüedad mínima de cinco años en el Iltre. Colegio de Médicos de Almería, encontrarse en el ejercicio de la profesión, y no estar incurso en prohibición o impedimento legal.
- Para los representantes de las Secciones Colegiales: Estar colegiado en el Iltre. Colegio Oficial de Médicos de Almería, encontrarse en el ejercicio de la profesión, formar parte de la Sección correspondiente y no estar incurso en prohibición o impedimento legal.
2.- De las candidaturas: La candidatura será cerrada, integrada por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vicesecretario, Tesorero y los miembros de la Junta que representen las secciones colegiales de Médicos de Atención Primaria, Médicos de Medicina Hospitalaria, Médicos de Ejercicio Libre, Médicos Postgraduados y/o en Formación, Médicos Jubilados, Médicos en Promoción de Empleo y/o Trabajo Discontinuo y Médicos al Servicio de otras Administraciones no sanitarias con o sin relación clínica con los administrados.
3.- La Junta Electoral ha procedido a aprobar el siguiente calendario electoral:
- 11 de febrero: Apertura periodo presentación de candidaturas
- 26 de febrero (1): Fin plazo presentación candidaturas. Inicio periodo reclamaciones al censo.
- 3 de marzo: Publicación provisional Candidaturas
- 8 de marzo (1): Fin plazo para Reclamaciones a las Candidaturas. Fin plazo para presentación reclamaciones al Censo.
- 10 de marzo: Publicación definitiva Candidaturas y Censo electoral
- 13 de marzo: Inicio campaña electoral
- 27 de marzo: Fin campaña electoral
- 3 de abril: Elecciones
(1)Hasta las 15 horas del último día del plazo en la sede colegial
4.Procedimiento electivo:
El voto podrá ser emitido personalmente o por correo.
a) La votación personal se efectuará en la sede del Colegio Oficial de Médicos de Almería, calle Gerona, 11, previa acreditación de su identidad, ante la Mesa Electoral constituida al efecto, el día 3 de abril de 2.025 de 9 a 19 horas.
b) Votación por correo: Cada elector deberá solicitar personalmente al Colegio la remisión de las papeletas y sobres electorales hasta diez días antes al de la votación. También podrán solicitarlo por correo, en cuyo caso deberá acompañar una copia de su carnet de colegiado, D.N.I. o Pasaporte. No cabe el voto por correo sin la previa solicitud del interesado para usar este medio de participación electoral. Tan pronto como estuvieran disponibles, el Colegio remitirá a los colegiados que los hubieran solicitado las papeletas y los sobres electorales a su domicilio. Una vez que el colegiado elector haya escogido o, en su caso, rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre y lo cerrará. Los sobres, dentro de otro mayor que contendrá la palabra “Elecciones”, se remitirán por correo certificado al Secretario del Colegio, incluyendo una copia del carnet de colegiado, D.N.I. o Pasaporte. Se admitirán los sobres llegados al Colegio hasta la hora señalada para el final de votación, destruyendo sin abrir los que se reciban con posterioridad.
Para garantizar el secreto del voto, los sobres especiales confeccionados por el Colegio contendrán en su exterior la siguiente inscripción “Contiene papeletas para la elección de la Junta Directiva del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de ALMERIA”, y los datos relacionados con el nombre y apellidos, número de colegiado y la firma irán en un sobre intermedio y dentro de éste, cada uno de los sobres que contengan la papeleta.
El voto personal anulara el voto emitido por correo.
Del desarrollo de la votación y resultado del escrutinio se levantará acta seguidamente, en la que figurará la relación nominal de los votos emitidos.
El resto del proceso se adaptará a lo dispuesto en los Estatutos del Colegio.
LA JUNTA ELECTORAL